Regulación de criptoactivos en LATAM: calendario de octubre 2026 a enero 2027
Entre octubre de 2026 y enero de 2027 vencen o entran en vigor cuatro plazos regulatorios distintos que tocan a empresas de la región: dos en Brasil, uno de la OCDE y uno de Estados Unidos.
Un CFO que cerró 2026 revisando cinco marcos regulatorios distintos no necesita otro mapa general de quién regula qué. Necesita saber, con fecha exacta, qué entra en vigor entre octubre y diciembre de 2026, qué vence, y qué le puede tomar por sorpresa camino a enero de 2027. Ese es el hueco que no cubre un mapa de países: el calendario del trimestre.
En Soulbit Academy ya publicamos el mapa completo de quién regula qué en cada país de la región y el detalle de dos piezas centrales de ese mapa: el CARF de la OCDE y los cambios de octubre en los pagos con Brasil. Este artículo no repite ninguno de los tres: es el calendario que los conecta, con las fechas confirmadas entre octubre de 2026 y enero de 2027, y lo que un CFO latinoamericano debe preparar antes de que cierre el trimestre.
Qué cambia en la regulación de criptoactivos de LATAM entre octubre de 2026 y enero de 2027
Cuatro hitos concretos marcan el trimestre: dos en Brasil, uno de la OCDE y uno de Estados Unidos que alcanza a cualquier empresa latinoamericana con contraparte estadounidense. Ninguno nace en este trimestre. Los cuatro son la culminación de normas publicadas entre finales de 2025 y la primera mitad de 2026, y ese es el patrón general: la regulación de criptoactivos en la región no avanza por sobresaltos, avanza por plazos que quedaron fijados con meses de anticipación.
El 1 y el 30 de octubre de 2026 corresponden a Brasil, ya analizados en esta Academia. El cierre del año de recogida de datos del CARF, el 31 de diciembre, y la entrada en vigor de la ley estadounidense GENIUS, a más tardar el 18 de enero de 2027, son los otros dos. Ninguno depende de que un Congreso apruebe algo en las próximas semanas.
¿Por qué le importa un plazo de Brasil o de Estados Unidos a una empresa que solo opera en Colombia o en Perú?
Porque la cadena de contrapartes cruza fronteras aunque la empresa no lo haga. Si un cliente en Miami paga a través de un emisor o intermediario sujeto a la ley GENIUS, o si un proveedor en São Paulo depende de una prestadora de activos virtuales que debía pedir autorización antes del 30 de octubre, el plazo ajeno se convierte en un riesgo propio de continuidad de pago. Un CFO que solo vigila la norma de su propio país queda ciego frente a esa cadena.
El calendario completo: fechas confirmadas del trimestre
| Fecha | País u organismo | Qué ocurre | Norma |
|---|---|---|---|
| 1 de octubre de 2026 | Brasil | Queda prohibido liquidar la pata externa del servicio eFX con activos virtuales | Resolução BCB 561 |
| 30 de octubre de 2026 | Brasil | Cierra la ventana de 270 días para que las prestadoras de activos virtuales pidan autorización al Banco Central | Resolução BCB 519 |
| 1 de octubre a 31 de diciembre de 2026 | Colombia | Corre el último tramo del año gravable 2026 que los proveedores de criptoactivos deben registrar para reportar a la DIAN | Resolución 000240 de la DIAN |
| 31 de diciembre de 2026 | OCDE (CARF) | Cierra el año natural de recogida de datos de los proveedores de criptoactivos cubiertos por el CARF | CARF, OCDE |
| 18 de enero de 2027 (fecha límite) | Estados Unidos | Entra en vigor la ley GENIUS sobre stablecoins de pago, salvo que el reglamento final llegue antes | GENIUS Act, Ley Pública 119-27 |
Ordenados así, dos patrones saltan a la vista. Los dos plazos brasileños caen con menos de un mes de diferencia, sobre normas y actores distintos: uno regula la liquidación de un servicio cambiario, el otro la autorización de quien presta servicios de activos virtuales. Y el reloj del CARF y el de la ley GENIUS no dependen de ninguna decisión pendiente: los dos ya están fijados por normas en vigor desde antes de octubre.
Si le interesa el detalle por país, el atajo está en el hub de guías de pagos cripto.
Brasil concentra dos plazos en el mismo mes
El 1 y el 30 de octubre comparten mes, pero regulan actores distintos. El plazo del 1 de octubre, bajo la Resolução BCB 561, prohíbe que un prestador de eFX liquide la pata externa de su operación con activo virtual; desde esa fecha, esa liquidación debe hacerse por cambio tradicional o por movimiento en una cuenta en reales de no residente. El segundo, bajo la Resolução BCB 519, cierra la ventana de 270 días que tenía toda prestadora de activos virtuales para pedir autorización al Banco Central; quien no la pidió a tiempo, o recibió una negativa sin recurso, debe cesar esa actividad en 30 días.
Ya cubrimos el detalle operativo, con checklist incluido, en el artículo dedicado a octubre en Brasil. Lo que aporta este calendario es el contexto: ninguno de los dos plazos es un hecho aislado. Son la culminación del paquete de activos virtuales que el Banco Central publicó el 10 de noviembre de 2025 y que entró en vigor el 2 de febrero de 2026, junto con las Resoluções 520 y 521.
Para una empresa que compra y transfiere stablecoin de forma directa, sin un prestador de eFX de por medio, ninguno de los dos plazos cambia su operación: ese flujo sigue las reglas generales de la Resolução BCB 521, con el tope ya vigente desde febrero. El riesgo del trimestre se concentra en quien depende de un intermediario cambiario o de una prestadora sin autorización resuelta.
Qué sigue corriendo sin vencer todavía: CARF, DIAN y la reforma colombiana
No todo lo que importa en el trimestre tiene una fecha de vencimiento dentro de él. El CARF de la OCDE sigue en fase de recogida de datos durante todo 2026: los proveedores cubiertos por el marco registran identificación, tipo de activo, valor razonable y número de transacciones de cada usuario, para reportarlo a su autoridad tributaria local. El 31 de diciembre cierra ese año de recogida; el primer intercambio automático entre países firmantes llega en 2027, no en este trimestre.
En Colombia corre un calendario paralelo. La Resolución 000240 de la DIAN obliga a reportar identificación de usuarios, tipo de criptoactivo, valor razonable y número de transacciones desde el año gravable 2026, con plazo el último día hábil de mayo de 2027. Octubre, noviembre y diciembre de 2026 son los tres meses finales del primer año que va a reportarse: no hay vencimiento en el trimestre, pero sí es el tramo donde un error de registro se vuelve más caro de corregir después.
¿Debo esperar cambios en el impuesto a las criptomonedas en Colombia antes de que termine el año?
No lo asuma. La reforma tributaria radicada el 20 de julio de 2026 sigue sin aprobar a la fecha de este artículo, y su contenido puede cambiar por completo durante el trámite legislativo, que en Colombia suele extenderse hasta las últimas sesiones de diciembre. Cualquier afirmación sobre cómo tributarán los criptoactivos bajo esa reforma es, hoy, prematura, y una empresa que planifique su cierre fiscal sobre un supuesto no confirmado corre un riesgo evitable.
México, Argentina y Chile: lo que se mueve sin ley aprobada todavía
México tiene, desde el 6 de mayo de 2026, una iniciativa en el Senado para regular los Activos Virtuales Estables referenciados al peso, del senador Alejandro Murat. Concentraría en Banxico la autorización y la convertibilidad, y en la CNBV la supervisión operativa. Es un proyecto en trámite, no una ley: seguirlo significa saber que existe, no asumir que ya rige. Detalle en la iniciativa AVE en México.
Argentina y Chile no traen un vencimiento nuevo en este trimestre, y eso también es información útil para un CFO que prioriza dónde mirar. El registro de proveedores de servicios de activos virtuales que administra la CNV argentina, bajo la Ley 27.739 y la Resolución General 1058/2025, sigue operando sin cambios anunciados para octubre, noviembre o diciembre; sus obligaciones periódicas de reporte financiero ya corrieron en la primera mitad del año. Chile, con la Ley 21.521 Fintec, ya completó su ciclo de inscripción en el registro de prestadores de la CMF, y el primer reporte de criptoactivos ante el Servicio de Impuestos Internos bajo el estándar del CARF venció antes de este trimestre, a mediados de 2026. Para ambos países, el trimestre es de continuidad operativa, no de nuevos plazos que exijan una acción inmediata.
¿Tiene sentido revisar Argentina y Chile si no vence nada este trimestre?
Sí, por una razón distinta a la de Brasil o Colombia: confirmar que su contraparte sigue cumpliendo un registro que ya está vigente es más barato que descubrir, meses después, que dejó de estarlo. La ausencia de un vencimiento nuevo no equivale a la ausencia de una obligación activa.
Qué debe preparar el CFO antes de que cierre el trimestre
| País u organismo | Qué vigilar en el trimestre | Estado a septiembre de 2026 |
|---|---|---|
| Brasil | Confirmar si su contraparte pidió autorización VASP a tiempo y qué ruta usa ahora su prestador de eFX | Dos plazos activos el mismo mes |
| Colombia (DIAN) | Verificar que su proveedor de criptoactivos está registrando lo que reportará por el año gravable 2026 | Recogida en curso, reporte en mayo de 2027 |
| Colombia (reforma tributaria) | No anticipar cambios en el tratamiento fiscal de criptoactivos en su planeación de cierre | Radicada el 20 de julio de 2026, sin aprobar |
| México | Seguir el trámite de la iniciativa AVE sin asumir que ya es ley aplicable | Presentada el 6 de mayo de 2026, en el Senado |
| OCDE (CARF) | Preguntar a cada proveedor de criptoactivos si queda cubierto por el CARF en su jurisdicción | Recogida de datos en curso, cierra el 31 de diciembre |
| Estados Unidos (ley GENIUS) | Si cobra o paga a través de contrapartes estadounidenses, confirmar el estado del reglamento final | Entra en vigor a más tardar el 18 de enero de 2027 |
¿Qué hago si mi proveedor de criptoactivos no sabe responder a estas preguntas?
Trátelo como una señal, no como un detalle administrativo menor. Un proveedor que no puede decir si queda cubierto por el CARF, si pidió autorización donde corresponde, o qué reglamento sigue en trámite en la jurisdicción que le afecta, tampoco puede garantizarle continuidad operativa si ese plazo lo alcanza sin haberse preparado. Pida la respuesta por escrito antes de mover el siguiente pago recurrente con esa contraparte.
Qué entrega Soulbit V1 frente a este calendario
Soulbit es una plataforma custodial de pagos y tesorería en stablecoin para empresas. No es emisor de stablecoins, no es un prestador de eFX y no está autorizado ni registrado como proveedor de servicios de activos virtuales en Brasil, Colombia, México, Argentina ni Chile. Verificar el estatus regulatorio de cualquier contraparte, incluido Soulbit, corresponde a su empresa y a sus asesores, no a este calendario.
Lo que la V1 entrega hoy es concreto: cuenta empresarial con saldos en USDC y USDT, fiat en USD, EUR y GBP, verificación de empresa (KYB), nómina recurrente y por lote, payment links, QR de cobro, conversión por cotización bajo petición (eOTC), custodia institucional y monitoreo AML/KYT sobre cada operación. El rail bancario local existe solo en Colombia; en el resto de la región, la liquidación es en stablecoin o en los fiat soportados.
Lo que no entrega también importa en un trimestre como este. No hay tarjetas de ningún nivel, ni rendimiento o APY, ni token propio, ni app móvil nativa todavía disponible en tiendas, ni EURC como saldo. Ninguno de los plazos de este calendario cambia esa lista, y ningún dato de este artículo sustituye el criterio de un asesor legal, fiscal o de cumplimiento local sobre cómo encuadra cada flujo de su empresa.
Preguntas frecuentes
¿Qué cambia en la regulación de criptoactivos de LATAM entre octubre de 2026 y enero de 2027?
Cuatro hitos confirmados: el 1 de octubre de 2026 entra en vigor la Resolução BCB 561 en Brasil, el 30 de octubre cierra la ventana de autorización de la Resolução BCB 519, el 31 de diciembre cierra el año de recogida de datos del CARF de la OCDE, y a más tardar el 18 de enero de 2027 entra en vigor la ley GENIUS en Estados Unidos. Ninguno depende de una aprobación legislativa pendiente.
¿Qué le pasa a mi empresa si no revisa el calendario regulatorio de este trimestre?
El riesgo no es una sanción directa a su empresa en la mayoría de los casos, sino una interrupción operativa. Si su contraparte en Brasil no pidió autorización como prestadora de activos virtuales antes del 30 de octubre, debe cesar esa actividad, y su flujo de pagos o cobros con ella se corta sin aviso comercial previo.
¿La reforma tributaria colombiana sobre criptoactivos ya está vigente?
No. Fue radicada el 20 de julio de 2026 y, a la fecha de este artículo, sigue en trámite legislativo sin aprobar. Su contenido puede cambiar por completo antes de convertirse en ley, así que ninguna afirmación sobre cómo tributarán los criptoactivos bajo esa reforma es válida todavía.
¿Qué pasa con el CARF de la OCDE en el cuarto trimestre de 2026?
El CARF sigue en fase de recogida de datos durante todo 2026: los proveedores de criptoactivos cubiertos por el marco registran identificación, tipo de activo, valor razonable y número de transacciones de sus usuarios. El 31 de diciembre de 2026 cierra ese año de recogida; el primer intercambio automático entre países firmantes llega en 2027, no en este trimestre.
¿Qué entrega Soulbit frente a estos cambios regulatorios?
Soulbit no es emisor de stablecoins, no es un prestador de eFX y no está autorizado ni registrado como proveedor de servicios de activos virtuales en ningún país de la región. Su V1 es un riel de pagos y tesorería B2B con USDC y USDT, fiat en USD, EUR y GBP, KYB y monitoreo AML/KYT, con rail bancario local solo en Colombia.
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