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Regulación de criptoactivos en Chile: Ley Fintech y CMF

En Chile no existe una sola ley de criptoactivos: la Ley Fintech ordena el registro ante la CMF, la UAF exige controles contra el lavado de activos y el SII grava las ganancias y ya exige declaraciones juradas específicas. Esta guía resume qué exige cada organismo a una empresa.

Equipo Soulbit11 min de lectura
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Una empresa en Chile que empieza a pagar proveedores, cobrar clientes o mantener parte de su tesorería en criptoactivos se topa rápido con tres organismos distintos, cada uno con su propia norma: la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), la Unidad de Análisis Financiero (UAF) y el Servicio de Impuestos Internos (SII). Ninguno cubre todo el terreno por sí solo, y tratar a los tres como si exigieran lo mismo es el error más frecuente al planificar el cumplimiento.

En Soulbit Academy explicamos qué exige cada organismo chileno a una empresa que opera con criptoactivos, con la norma exacta y la fecha en que entró en vigor. Para la operativa concreta de pagar a un proveedor internacional en USDC desde Chile, con fondeo y cash-out en pesos a cargo de la empresa, vea nuestra guía de tesorería B2B. Este artículo cubre el marco regulatorio: qué ley, qué registro y qué reportes aplican antes de operar.

Qué es la Ley Fintech de Chile y por qué regula los criptoactivos

La Ley Fintech de Chile es la Ley 21.521, publicada en el Diario Oficial el 4 de enero de 2023, y es la norma que establece el marco general para la prestación de servicios financieros por medios tecnológicos en el país. Su nombre oficial completo es "Promueve la competencia e inclusión financiera a través de la innovación y tecnología en la prestación de servicios financieros".

La ley define a los "activos financieros virtuales o criptoactivos" como la representación digital de unidades de valor, bienes o servicios, con excepción del dinero, transferibles o intercambiables digitalmente. Somete a la fiscalización de la CMF a seis tipos de prestadores: plataformas de financiamiento colectivo, sistemas alternativos de transacción (categoría que incluye a los criptoactivos), asesores crediticios, asesores de inversión, custodios de instrumentos financieros y enrutadores de órdenes.

¿Por qué una ley pensada para crowdfunding y asesoría financiera termina regulando también los criptoactivos?

El legislador optó por un criterio funcional, no por listar tecnologías una por una: cualquier plataforma que intermedie, custodie o transe activos financieros por medios digitales queda dentro del alcance, sin importar si el activo subyacente es una acción, un derivado o un criptoactivo. Esa es la razón por la que la Ley Fintech, y no una ley cripto específica, es hoy la puerta de entrada regulatoria en Chile. El texto completo está disponible en la Biblioteca del Congreso Nacional.

Qué es el registro de la CMF y quién debe inscribirse para operar con criptoactivos

El Registro de Prestadores de Servicios Financieros (RPSF) de la CMF es la inscripción obligatoria que la Ley Fintech exige antes de prestar cualquiera de los seis servicios regulados, incluida la intermediación de criptoactivos como sistema alternativo de transacción. La CMF desarrolló el detalle operativo de ese registro en la Norma de Carácter General N.º 502 (NCG 502), emitida en enero de 2024, que fija los requisitos de inscripción, autorización y las obligaciones continuas de cada categoría de prestador.

La NCG 502 exige a cada prestador acreditar su constitución legal, sus controladores y beneficiarios finales, sus políticas internas de gestión de riesgo y sus procedimientos operativos antes de recibir la autorización para operar. Una plataforma que intermedia compraventa de criptoactivos entre terceros, o que custodia criptoactivos de clientes, queda dentro de la categoría de sistema alternativo de transacción o de custodio de instrumentos financieros, según el servicio que preste.

OrganismoNorma claveQué exige a una empresa
CMFLey 21.521 y NCG 502 (2024)Registro y autorización previa para prestar servicios financieros tecnológicos, incluida la intermediación de criptoactivos
UAFLey 19.913Prevención de lavado de activos: identificación de clientes y reporte de operaciones sospechosas
SIILey sobre Impuesto a la Renta y Resoluciones Exentas 113 y 114 (2025)Tributación de las ganancias en criptoactivos y declaraciones juradas anuales para proveedores
Tabla 1. Los tres organismos chilenos que regulan la actividad con criptoactivos y qué exige cada uno.

Una empresa que solo mantiene saldo en stablecoins como parte de su tesorería, sin intermediar operaciones de terceros, no encaja automáticamente en ninguna de las seis categorías reguladas por la NCG 502. El criterio que usa la CMF es el servicio que se presta a otros, no el activo que se posee.

Qué obligaciones de prevención de lavado de activos exige la UAF

La Unidad de Análisis Financiero (UAF), creada por la Ley 19.913, exige a los sujetos obligados que reporten operaciones sospechosas de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, y que apliquen procedimientos de debida diligencia sobre sus clientes. Los prestadores inscritos ante la CMF como sistema alternativo de transacción, la categoría que cubre a las plataformas de intercambio de criptoactivos, quedan incluidos entre esos sujetos obligados por la Ley Fintech.

En la práctica, eso significa que una plataforma de intercambio registrada debe identificar a cada cliente antes de operar (un proceso equivalente al KYB para personas jurídicas), monitorear el comportamiento de las cuentas y enviar un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) a la UAF cuando detecte señales de alerta, sin informar a su cliente de ese envío. El texto completo de la Ley 19.913 está en la Biblioteca del Congreso Nacional. Estas obligaciones locales conviven con estándares internacionales de prevención como la Travel Rule del GAFI, que exige a los proveedores intercambiar datos del originante y el beneficiario en cada transferencia.

¿Qué pasa si una plataforma registrada no reporta una operación sospechosa a la UAF?

Se expone a sanciones administrativas bajo la Ley 19.913 y a que la CMF revise su idoneidad como prestador registrado. Para una empresa que solo usa esa plataforma como cliente, lo relevante es verificar que su proveedor esté inscrito en el registro de la CMF antes de operar con volumen.

Qué exige el SII: impuesto a la renta y las nuevas declaraciones juradas sobre criptoactivos

El Servicio de Impuestos Internos (SII) exige que las ganancias obtenidas al comprar y vender criptoactivos tributen como renta, bajo las mismas reglas generales de la Ley sobre Impuesto a la Renta que aplican a cualquier otra ganancia de capital. Para personas naturales, la base imponible se declara conforme al artículo 17 N.º 8 letra m) de la ley, afecta a Impuesto Global Complementario o Adicional; para empresas, aplica el artículo 20 N.º 5, con Impuesto de Primera Categoría y luego Global Complementario o Adicional.

A esa obligación general se sumó, en 2025, un mecanismo de reporte específico para proveedores de servicios de criptoactivos. Las Resoluciones Exentas del SII N.º 113 y N.º 114, ambas del 26 de agosto de 2025, crearon las declaraciones juradas anuales 1963 y 1964: la primera identifica a usuarios con residencia fiscal en el extranjero y la segunda a usuarios con residencia o domicilio en Chile, junto con sus operaciones relevantes. El texto de la resolución que crea la declaración jurada 1964 está disponible en el sitio oficial del SII.

Esas dos declaraciones son, en la práctica, el vehículo doméstico chileno para implementar el Crypto-Asset Reporting Framework (CARF) de la OCDE, el estándar internacional que recoge datos de operaciones con criptoactivos durante 2026 para intercambiarlos automáticamente entre países a partir de 2027. Chile firmó el Acuerdo Multilateral de Autoridades Competentes del CARF (CARF-MCAA) el 21 de octubre de 2025, y las declaraciones 1963 y 1964 son la forma en que el SII recoge el dato que luego alimenta ese intercambio internacional. El mecanismo es equivalente, en su lógica, a la Resolución 000240 de la DIAN en Colombia: el proveedor reporta, la empresa usuaria no presenta un formulario adicional por esa vía.

¿Una empresa chilena tiene que presentar la declaración jurada 1963 o 1964?

No directamente. Esas declaraciones las presenta el proveedor de servicios de criptoactivos ante el SII, no la empresa que usa el servicio. Lo que sí debe hacer la empresa es declarar sus propias ganancias de capital en su declaración de renta anual, de forma coherente con lo que su proveedor probablemente ya reportó, porque una discrepancia entre ambos registros recae sobre la empresa a la hora de explicarla ante una fiscalización.

Calendario regulatorio: de la Ley Fintech chilena al CARF de la OCDE

El calendario regulatorio chileno para criptoactivos tiene seis hitos concretos entre 2023 y 2027, desde la publicación de la Ley Fintech hasta el primer intercambio internacional de datos bajo el CARF. Verlos en orden ayuda a entender qué obligación ya está vigente y cuál todavía no ha producido su primer efecto práctico.

HitoFecha
Publicación de la Ley 21.521 (Ley Fintech)4 de enero de 2023
NCG 502 de la CMF: registro, autorización y obligacionesenero de 2024
Resoluciones Exentas SII N.º 113 y N.º 114: declaraciones juradas 1963 y 196426 de agosto de 2025
Firma de Chile del Acuerdo Multilateral CARF-MCAA21 de octubre de 2025
Recogida de datos de operaciones con criptoactivos por los proveedoresdurante 2026
Primer intercambio automático de datos del CARF entre países2027
Tabla 2. Calendario regulatorio chileno para criptoactivos, de la Ley Fintech al primer intercambio del CARF.

Chile firmó casi un año después que Colombia y Brasil, pero eso no retrasa su calendario de datos: todos los firmantes del primer grupo comparten la misma recogida en 2026 y el mismo primer intercambio en 2027.

Qué debe hacer una empresa chilena que opera con criptoactivos hoy

Una empresa chilena que ya usa o planea usar criptoactivos debe hacer tres verificaciones concretas antes de operar con volumen: confirmar si su proveedor está inscrito en el registro de la CMF, revisar si su propio modelo de negocio la convierte en sujeto obligado ante la UAF, y ordenar internamente sus registros de operaciones para la declaración de renta ante el SII.

Confirmar el registro es simple: la CMF publica su registro de prestadores, y cualquier plataforma que intermedie criptoactivos con terceros debe aparecer ahí. Revisar las obligaciones propias depende del modelo de negocio: una empresa que solo recibe pagos de sus propios clientes en USDC no presta un servicio financiero tecnológico a terceros. Ordenar los registros propios es preventivo: un registro por fecha, contraparte y valor en dólares, sostiene la declaración ante el SII si el proveedor reporta una cifra distinta.

¿Qué pasa si mi empresa solo paga proveedores extranjeros en USDC, sin ofrecer ningún servicio cripto a terceros?

Una empresa que solo paga o cobra en USDC, sin ofrecer servicios cripto a terceros, actúa como cliente de un proveedor de servicios de criptoactivos, no como prestador de ese servicio, y las obligaciones de registro ante la CMF y de reporte ante la UAF recaen sobre el proveedor, no sobre ella. La obligación tributaria ante el SII, en cambio, sí es propia: la empresa debe declarar cualquier ganancia o pérdida cambiaria derivada de esas operaciones según las reglas generales de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

Ninguna de estas verificaciones sustituye el criterio de un abogado o contador chileno especializado, dado que la aplicación al caso concreto de una empresa depende de detalles que este artículo no cubre.

Qué entrega Soulbit en Chile y qué no

Soulbit ofrece hoy custodia institucional con tecnología MPC sobre saldo en stablecoins como USDC y USDT, conversión a fiat en USD, EUR y GBP, dispersión de nómina masiva, payment links y QR de cobro, y conversión OTC por cotización bajo petición. Cada operación pasa por procesos de KYB y de monitorización AML/KYT, que generan un registro trazable de fecha, monto y contraparte útil para la propia documentación interna de una empresa frente al SII.

Lo que Soulbit no hace en Chile es operar un rail bancario local en pesos chilenos: ese rail existe hoy solo en Colombia, y en Chile el fondeo y el cash-out en pesos quedan a cargo de la empresa, a través de su propio banco o casa de cambio, tal como se detalla en la guía de pagos a proveedores en USDC desde Chile. Tampoco determina públicamente si actúa como proveedor reportante bajo el CARF en Chile, ni prepara ni presenta declaraciones tributarias en nombre de sus clientes; esa calificación y esa gestión corresponden al equipo de cumplimiento de cada empresa y a su asesor tributario. Para una panorámica más amplia del país, vea la guía de pagos y nómina en cripto en Chile; para el contexto regional, el panorama regulatorio de criptoactivos en América Latina sitúa a Chile frente a otros marcos vigentes en la región.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la Ley Fintech de Chile?

La Ley Fintech es el nombre común de la Ley 21.521, publicada el 4 de enero de 2023, que regula la prestación de servicios financieros por medios tecnológicos en Chile. Define a los criptoactivos como activos financieros virtuales y somete a quienes prestan servicios con ellos, como plataformas de intercambio, custodios y asesores, a la fiscalización de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).

¿Toda empresa que usa criptoactivos debe registrarse ante la CMF?

No necesariamente. El registro ante la CMF aplica a quien presta el servicio financiero tecnológico, por ejemplo una plataforma de intercambio o un custodio de terceros, no a cualquier empresa que reciba o mantenga saldo en stablecoins como parte de su propia operación comercial. La frontera entre ambos casos depende del modelo de negocio concreto y conviene confirmarla con un asesor legal antes de operar con volumen.

¿Qué debe reportar una empresa chilena al SII por operar con criptoactivos?

Las ganancias de capital obtenidas al comprar y vender criptoactivos son renta gravada en Chile, ya sea bajo el artículo 17 N.º 8 letra m) de la Ley sobre Impuesto a la Renta para personas naturales o el artículo 20 N.º 5 para empresas. Además, desde 2025 los proveedores de servicios de criptoactivos deben presentar las declaraciones juradas 1963 y 1964 ante el SII, que identifican a los usuarios y sus operaciones.

¿Qué rol juega la UAF frente a los criptoactivos en Chile?

La Unidad de Análisis Financiero (UAF), creada por la Ley 19.913, recibe reportes de operaciones sospechosas de lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Los prestadores de servicios financieros registrados ante la CMF que operan como sistema alternativo de transacción, categoría que cubre a las plataformas de intercambio de criptoactivos, son sujetos obligados a reportar ante la UAF.

¿Qué ofrece Soulbit a una empresa chilena frente a esta regulación?

Soulbit ofrece custodia institucional con tecnología MPC sobre saldo en USDC y USDT, conversión a USD, EUR y GBP, dispersión de nómina, payment links, QR de cobro y OTC por cotización, con procesos de KYB y AML/KYT sobre cada operación. Soulbit no opera un rail bancario local en pesos chilenos ni sustituye la asesoría legal, contable o tributaria que cada empresa debe obtener para cumplir con la CMF, la UAF y el SII en Chile.

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